Adicionalmente, junto al esquema deberá anexarse un documentación de tercera parte independiente, emitido por un organismo de control capacitado para dichas tareas conforme al Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial, aceptado por el Vivo Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, donde se valide positivamente la efectividad y adecuación de dichas soluciones técnicas.»
2 del Reglamento, y los protocolos de evaluación de dicha conformidad que sean emitidos por un organismo de certificación, oficialmente reconocido en el Estado de origen, siempre que ofrezca garantíCampeón técnicas, profesionales y de independencia equivalentes a las exigidas por la código españonda y que las disposiciones legales vigentes del Estado, que sirven de colchoneta para evaluar la conformidad, comportan unas condiciones técnicas y una garantía de seguridad equivalentes a las exigidas por las correspondientes disposiciones españolas.
3.º Nombre y cargo del representante de la propiedad responsable en presencia de las operaciones de mantenimiento que se van a sufrir a cabo.
En la grado de esquema, este Verdadero decreto ha sido sometido al trámite de audiencia e información pública que prescribe la Ley 50/1997, de 27 de noviembre. Durante este proceso, de modo específica fueron notificadas las direcciones generales con competencia en materia de Industria de las diferentes comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla. Las alegaciones recibidas fueron valoradas convenientemente, introduciendo los cambios pertinentes en el texto. Encima, este Vivo decreto ha sido sometido al procedimiento de información de normas y reglamentaciones técnicas y de reglamentos relativos a la sociedad de la información, regulado por Positivo Decreto 1337/1999, de 31 de julio, a los bienes de alcanzar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información.
A los equipos o sistemas no obstante instalados o con aniversario de solicitud de abuso de obra, con anticipación a la entrada en vigor del presente Efectivo decreto, o que les aplique el plazo transitorio fijado en la pagaré a) previo, únicamente les serán de aplicación aquellas nuevas disposiciones relativas a su mantenimiento e inspección.
11. En aplicación del artículo 1 del presente Reglamento, el mantenimiento establecido en el mismo, se entenderá que no es aplicable a las instalaciones situadas en establecimientos regulados por el Vivo Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que Mas información se aprueba el Reglamento Caudillo de normas Básicas de Seguridad Minera, y en todas aquellas que posean reglamentación específica, en la que se establezca el correspondiente software de mantenimiento, que supere las exigencias mínimas que establece este Reglamento.
Se hace necesario, en consecuencia, establecer las condiciones que deben reunir los equipos y sistemas que conforman las instalaciones de protección contra incendios para obtener que su funcionamiento, en caso de incendio, sea eficaz. En este sentido, el Reglamento de seguridad industrial que, de acuerdo con lo establecido en la Clase 21/1992, de empresa certificada 16 de julio, de Industria, se aprueba por este Efectivo decreto se estructura en dos partes: la primera comprende el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y la segunda, constituida por tres anexos, contiene las disposiciones técnicas.
El contenido del presente real decreto se aprueba En el interior del situación de la seguridad industrial, de acuerdo con lo establecido en la índole 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Cerca de destacar que dicha índole no sólo prevé los reglamentos de seguridad industrial, sino que define el marco en el que ha de desenvolverse la seguridad industrial, estableciendo los instrumentos necesarios para su puesta en aplicación, de conformidad con las competencias que corresponden a las distintas Administraciones públicas.
5. La instalación y mantenimiento de estos sistemas deberá ser realizada por empresas habilitadas para el sistema fijo correspondiente en el que se saco, según lo recogido en el apartado 2. En el Mas información caso de usarse agentes químicos acuosos u otros, mientras no exista un epígrafe especifico de empresas para dichos sistemas, la instalación y mantenimiento se realizará por empresas habilitadas para alguno de los sistemas fijos de extinción indicados anteriormente.
Seguridad contra incendios. Actas de mantenimiento de las instalaciones y equipos de protección contra incendios. Parte 5: Garlito de bocas Servicio de incendio equipadas.
El resto de componentes de los sistemas para el control de humo y de calor deberán llevar el marcado CE, de conformidad con las normas de la serie UNE-EN 12101, una momento entre en vigor dicho marcado. Hasta entonces, dichos componentes podrán optar por aguantar el traumatizado CE, cuando las normas europeas armonizadas estén disponibles, o razonar el cumplimiento de lo establecido en las normas europeas UNE-EN que les sean aplicables, mediante un certificado o marca de conformidad a las correspondientes normas, de acuerdo al artículo 5.2 del presente Reglamento.
e) Emitir un certificado del mantenimiento informe efectuado, en el que conste o se haga relato a los equipos y sistemas objeto del mantenimiento, anexando copia de las listas de comprobación utilizadas, durante las operaciones y comprobaciones ejecutadas, con Servicio las anotaciones realizadas y los resultados obtenidos.
3. Los productos (equipos, sistemas o componentes) de protección contra incendios no tradicionales o innovadores para los que no existe norma y exista peligro, deberán razonar el cumplimiento de las exigencias establecidas en este Reglamento mediante una evaluación técnica propicio de la idoneidad para su uso previsto, realizada por los organismos habilitados para ello por las Administraciones públicas competentes.
«En el caso de que por normativa de dotación de protección contra incendios se exija instalar BIE, estas se situarán preferentemente cerca de las puertas o expectativas. Se situará siempre una BIE a una distancia máxima de 5 metros de distancia de cada salida de sector de incendio, medida sobre un trayecto de evacuación, sin que constituyan obstáculo para su utilización; a excepción de en los casos donde luego exista otra BIE situada en otra salida de dicho sector y esta cubra toda la superficie a proteger, o a excepción de que la fuero específica disponga otra cosa.»